Inclusión digital y accesibilidad: zanjando la brecha para todes

En ocasión del día mundial para promover la concientización sobre la accesibilidad web (AW) abordamos conceptos que, luego de la pandemia del Covid, se vuelven más urgentes que nunca. La rápida digitalización de procesos y aspectos que refieren al ejercicio de derechos fundamentales torna necesario que, al generar políticas e iniciativas orientadas a garantizar el acceso y uso de las TIC para la ciudadanía.

Por Agustina Brizio

En ocasión del día mundial para promover la concientización sobre la accesibilidad web (AW) [1] abordamos conceptos que, luego de la pandemia del Covid, se vuelven más urgentes que nunca. La rápida digitalización de procesos y aspectos que refieren al ejercicio de derechos fundamentales torna necesario que, al generar políticas e iniciativas orientadas a garantizar el acceso y uso de las TIC para la ciudadanía, se considere especialmente a las personas con discapacidad en el diseño de soluciones digitales.

En Argentina tenemos un 10,2% de la población mayor de 6 años con algún tipo de discapacidad, según un estudio que desarrolló el INDEC en 2018, y contamos con una Ley de Accesibilidad de la información en las páginas web desde 2010 [2]. La Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI) es la autoridad de aplicación de la ley y, en ese sentido, lleva adelante distintas capacitaciones y campañas de concientización, generando también recursos específicos para que el contenido de la web sea accesible. 

La accesibilidad web procura poner en igualdad de condiciones al momento de acceder a contenido a web, en primer lugar a personas con discapacidad, pero también a personas con necesidades específicas o con bajos niveles de alfabetización, contribuyendo así a reducir las barreras del entorno [3]. Desde la óptica del usuario, el contenido web es interpretado por el navegador: si no es accesible entran en juego distintas tecnologías de apoyo (como los lectores de pantalla) que buscan zanjar esta primera barrera. Aquí la persona al navegar un sitio web se encuentra inserta en un ambiente que puede también generar barreras de acceso al contenido si consideramos, por ejemplo, una conexión a internet inestable o limitada.

Entonces vemos que el usuario al momento de querer acceder a un contenido va enfrentándose a distintas barreras; cuando pensamos en personas con discapacidad vemos que la falta de inclusión de las pautas de accesibilidad en el diseño de contenidos hace que no pueda accederse a los mismos en igualdad de condiciones, ni siquiera con tecnologías de apoyo. 

Por ejemplo, incluir videos sin subtítulos hace que personas con discapacidad auditiva no puedan acceder a ellos; las imágenes sin texto alternativo tornan imposible su consumo por personas con algún tipo de discapacidad visual; la generación de formularios con límites de tiempo probablemente haga que personas con discapacidad motora pierdan la información que han ingresado, etc. Los sitios web que no permiten agrandar el tamaño o piezas audiovisuales sin subtítulos también imposibilitan su acceso en el caso de adultos mayores que tengan alguna disminución en su capacidad visual o auditiva. Pero también encontramos barreras del entorno que pueden dificultar el acceso a contenidos: si un usuario (con o sin discapacidad) tiene una conexión escasa, la existencia de un texto alternativo de una imagen permitiría acceder a ella aunque el ancho de banda no sea suficiente para descargarla.

Todos los supuestos enumerados anteriormente se pueden atender al momento del diseño y desarrollo de contenidos web siguiendo pautas y estándares de accesibilidad web. El World Wide Web Consortium (W3C) es el organismo con responsabilidad primaria en materia de estándares en la web, y tiene una iniciativa específica, la Web Accesibility Initiative, que define estos estándares. Los distintos estándares son parte de la Web Content Accesibility Guideline, que contiene las pautas de accesibilidad de contenido web 2.0: 61 criterios de conformidad distribuidos en tres niveles: A, AA y AAA. Los Estados luego receptan en sus normativas internas los mismos, determinando distintos niveles de accesibilidad que incorporarán su marco normativo interno. En el caso de Argentina, nuestra ley y sus normas complementarias receptaron los 38 criterios que forman parte de  los niveles A y AA. 

Ahora bien, las pautas referidas son recomendaciones que procuran cubrir un espectro amplio de potenciales barreras a la accesibilidad, pero seguirlas a rajatabla no garantiza que un contenido sea completamente accesible; para eso es necesario correr en paralelo pruebas con usuarios reales y también con tecnologías de apoyo. Desde la óptica de quien desarrolla contenido web hay distintos componentes que pueden afectar la accesibilidad: en primer lugar los y las desarrolladoras de contenido deben seguir los estándares y pautas de accesibilidad desde el momento de crear un sitio. Sin embargo hoy proliferan herramientas de autor para generar contenidos, y si éstas no contemplan los citados estándares, quien las utilice para desarrollar contenido no va a poder generarlo y que sea accesible. Por esto es fundamental que luego de desarrollar contenido se corra una verificación con alguna herramienta que evalúe la AW.

A continuación se listan algunas recomendaciones sencillas para que los sitios web sean accesibles:

  • el contenido debe permitir interacción con mouse pero también por teclado; tenemos que asegurarnos que todos los elementos de una web puedan recibir foco de teclado en el sentido de la lectura;
  • el contraste del texto y el fondo debe ser legible e ir variando en función del tamaño de la letra (a menor tamaño mayor contraste); 
  • las imágenes tienen que tener un texto alternativo para que los usuarios que usan lectores de pantalla puedan interpretarla; 
  • el contenido debe permitir que al darle zoom se adapte a la pantalla del usuario sin generar superposiciones, por ejemplo, entre texto e imágenes;
  • el contenido audiovisual debe tener no sólo subtítulos sino la descripción de los sonidos: todo lo que implique sólo audio tiene que tener una transcripción y las piezas de contenido visual exclusivo sin una narración también deberían incluir una transcripción o descripción auditiva
  • incorporar enlaces al contenido principal ayuda a que los usuarios que usan lectores de pantallas y a los que navegan con teclado no tengan que escuchar la lectura de todo el contenido ni tener que usar la tecla tab repetidas veces hasta llegar al elemento principal y;
  • el hipervínculo debe estar inserto en la instrucción para que el lector de pantalla lo anuncie y el usuario sepa a dónde se dirige cuando acceda al enlace.

Seguir estas sencillas recomendaciones contribuye a la reducción de las brechas de accesibilidad y permite garantizar el desarrollo de contenidos digitales para todos y todas. Así, teniendo en cuenta la omnipresencia de Internet en nuestras vidas, podemos fomentar colaborativamente una red que nos iguale.


Referencias

[1]  El Global Accesibility Awareness Day (GAAD) se celebra el tercer jueves de mayo desde 2012. La iniciativa tiene sus orígenes en un post de Joe Devon, un desarrollador que generó un posteo en su blog sobre la falta de conocimiento y divulgación de criterios de accesibilidad entre desarrolladores y proponiendo generar un día sobre la concientización sobre la accesibilidad web. En respuesta el especialista en accesibilidad Jennison Ascuncion tomó el posteo y se asociaron, finado la efeméride que aquí nos convoca el tercer jueves de mayo. Para más información: https://accessibility.day/about/ 

[2] Ley 26653 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175694/norma.htm 

[3]  Cuando hablamos de barreras de entorno nos referimos a aquellas que contemplan las condiciones sociales, geográficas, culturales y políticas, que generan dificultades para que las personas con discapacidad se desarrollen de forma plena; en lo que se refiere a la accesibilidad web se suman las barreras del entorno digital ligadas al acceso, calidad del servicio y uso de las TIC.

Autor

  • Abogada por la Universidad de Buenos Aires con orientación en derecho público administrativo. Maestrando en políticas públicas en la Universidad Torcuato Di Tella. Docente de grado de Derecho aplicado a la informática en la Universidad de Palermo y titular del Módulo de Regulación de la Diplomatura de Gobernanza y Evolución de Internet de la misma institucion.

    https://www.linkedin.com/in/agustina-brizio-a7148576/ Brizio Agustina
Compartir en redes
Imagen por defecto
Agustina Brizio

Abogada por la Universidad de Buenos Aires con orientación en derecho público administrativo. Maestrando en políticas públicas en la Universidad Torcuato Di Tella. Docente de grado de Derecho aplicado a la informática en la Universidad de Palermo y titular del Módulo de Regulación de la Diplomatura de Gobernanza y Evolución de Internet de la misma institucion.

Artículos: 0