Análisis y aportes al expediente S-1566/20 – Mirkin

Hoy por hoy casi no existe aspecto que Internet no haya penetrado y revolucionado. No tener acceso implica estar en condiciones de desigualdad, en el caso de que no implique directamente una ausencia de derechos total, como el caso de libertad de expresión, el acceso a la educación o a la salud

Proyecto de ley sobre inclusión y accesibilidad tecnológica mediante Internet para beneficiarios de la AUH.

Por Georgina Vitetti

Hoy por hoy casi no existe aspecto que Internet no haya penetrado y revolucionado. No tener acceso implica estar en condiciones de desigualdad, en el caso de que no implique directamente una ausencia de derechos total, como el caso de libertad de expresión, el acceso a la educación o a la salud.


I. Introducción

Como parte del personal técnico- administrativo de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación, la finalidad del presente Trabajo Integrador Final (TIF) es analizar y realizar aportes desde una mirada de oportunidades y desafíos, al expediente S-1566/20- Mirkin: proyecto de ley sobre inclusión y accesibilidad tecnológica mediante internet para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Sin perjuicio de mi rol en dicha área de trabajo, es prioritario para cumplir con el objetivo de la investigación, mantener una vigilancia epistemológica[1] sobre el objeto de estudio.

Cabe señalar que la elección de dicho tema, contempla la situación de pandemia que estamos atravesando a escala mundial desde fines de 2019 hasta el momento, haciendo hincapié en el acceso e inclusión a los servicios TIC, sobre todo por parte de los sectores más vulnerables.

II.

II. a. Objetivo General

Analizar el expediente S-1566/20- Mirkin: proyecto de ley sobre inclusión y accesibilidad tecnológica mediante internet para beneficiarios de la AUH.

II. b. Objetivo Específico

Evaluar las oportunidades y desafíos de la propuesta en el actual contexto de pandemia.

III. Metodología

Al iniciar cualquier proceso de investigación, además de plantearnos los objetivos y las herramientas teóricas desde las cuales vamos a posicionarnos, debemos pensar en el marco metodológico. La elección del mismo genera un proceso de reflexión, para poder dilucidar desde qué posición se va a analizar la situación.

En este sentido para la realización del presente TIF se prevé el uso de un abordaje cualitativo teniendo como referencia parte del material bibliográfico y audiovisual visto a lo largo de la cursada, así como también el marco normativo y bibliografía referente en la materia.

IV. Pregunta Disparadora

¿Qué oportunidades y desafíos nos dejó -y aún lo continúa haciendo- el Covid-19 en materia inclusión a las TIC, sobre todo de los sectores más vulnerables?

El análisis y aportes al expediente S-1566/20- Mirkin: proyecto de ley sobre inclusión y accesibilidad tecnológica mediante internet para beneficiarios de la AUH, intenta dar cuenta de la importancia de generar proyectos de ley y políticas públicas para incluir a los sectores más vulnerables.

Respecto al trámite legislativo del mencionado texto, es fundamental señalar que tiene como comisión cabecera la de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y segundo giro a la de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación y aún cuenta hasta el 28 de febrero de 2022 con estado parlamentario. El mismo es acompañado con las firmas de los senadores y las senadoras Oscar Parrilli, María de los Ángeles Sacnun, Jorge Taiana, María Inés Pilatti Vergara, María Eugenia Catalfamo, Ana María Ianni, Cristina del Carmen López Valverde e Inés Blas.

Si bien el proyecto solo tuvo tratamiento en una reunión plenaria de asesores, donde asistieron funcionarios del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y hubo consensos sobre la necesidad de trabajar estos temas, posteriormente se reglamentó el Decreto 690/20, que como se verá, abordó dicha problemática. Con lo cual hay que ver si dicha propuesta responde a una demanda concreta hoy por hoy, por un lado y por otro si realizándole cambios se puede mejorar para su instrumentación.

Así las cosas, es necesario esperar hasta el 1° de marzo, cuando el presidente Alberto Fernández inaugure el período de sesiones ordinarias y las comisiones se constituyan, para comenzar el año legislativo, y que, al ser electoral, promete ser activo.

En tal sentido, cabe señalar que el 9 de septiembre de 2020, se realizó de forma remota una reunión plenaria de asesores de las comisiones de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación, en donde se trató, entre otros proyectos vinculados a las telecomunicaciones, el expediente S-1566/20 de la Senadora por Tucumán del Frente de Todos, Graciela Mirkin.

En dicha convocatoria expusieron los funcionarios del ENACOM, Ariel Martínez (Jefe de Gabinete), Sergio Duva (Coordinador Técnico General) y Diego Leiva (Director de Asuntos Jurídicos y Regulatorios), quienes marcaron algunas reservas respecto a su posible aplicabilidad.

La iniciativa mencionada plantea en su artículo 1° que “La presente ley tiene por objeto garantizar el acceso a internet de niños, niñas y adolescentes beneficiarios/as de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) mientras dure el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, y sus consecuencias, en el marco de la pandemia de COVID-19”.

Para ello, en su artículo 2° establece que “A los efectos previstos en la presente ley, el Poder Ejecutivo, garantizará el otorgamiento de 5GB (datos móviles) mensuales por parte de las empresas proveedoras del servicio de Telefonía Móvil para todas aquellas líneas de telefonía celular cuyo titular perciba la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), con un máximo de hasta una (1) línea por titular del servicio. Este beneficio será otorgado independientemente de la cantidad de GB mensuales que pudiera obtener, a su exclusivo cargo, cada titular de línea en el marco de un abono mensual o recarga con métodos prepagos”.

Por otro lado, se estipula la creación de un registro en el artículo 4° estableciendo que “para garantizar la asignación de los 5GB mensuales a las líneas de telefonía celular cuyos titulares perciban la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social, la Administración Nacional de la Seguridad Social implementará un registro para la actualización de la información relacionada a esas líneas telefónicas, el que deberá permanecer abierto durante la vigencia de la presente ley” y en el artículo 5° sobre el uso de la información y datos, “la Administración Nacional de la Seguridad Social deberá compartir la información prevista en el Artículo 4° con la Autoridad de Aplicación con el objetivo de trasladar la misma a las compañías proveedoras del servicio de telefonía celular, las que deberán realizar la carga de los datos a cada usuario/a entre el día 1° y el día 5° de cada mes. Esa carga deberá ser renovada de manera mensual, respetando siempre la misma fecha del mes para cada beneficiario”.

Además, en sus fundamentos la Senadora autora del proyecto explica brevemente qué la motivó a la presentación de dicha iniciativa de Ley, entendiendo que “La exclusión social es un fenómeno multidimensional y que la brecha que existe respecto al acceso a internet entre los diferentes segmentos de la población es previa a la pandemia del COVID19”.

Mirkin indica que “el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo, puso en evidencia que las tecnologías de la información y comunicación son esenciales para ejercer el derecho a la educación, a la salud, a la participación cultural, al esparcimiento, etc.”

Entre algunos indicadores que enmarcan el panorama, la legisladora destaca que “El consumo de Internet pasó del 65% al 80% de la población entre 2013 y 2017, siendo la práctica cultural que más crece en el país. El principal dispositivo para el acceso a Internet en nuestro país es el teléfono celular, un 75,1% de los argentinos lo utilizan de forma diaria para entrar a la red. Mientras que el segundo dispositivo es la computadora, donde el 45,8% de la población la utiliza para conectarse. Si bien el acceso a Internet tiende a la universalización, hay determinantes estructurales que funcionan como barreras tanto al acceso a la red como a los contenidos una vez conectados (datos extraídos de las dos ediciones de la Encuesta Nacional de Consumos Culturales y Entorno Digital (ENCCyED)”.

En otro orden, señala que “según datos del ENACOM, tanto las redes 3G como 4G son las que tienen mayor cobertura a lo largo y ancho del país. Es por ello que este proyecto define a la telefonía móvil como el dispositivo que garantiza la mayor territorialidad y federalización del beneficio”

Respecto a la posible financiación, la propuesta parlamentaria establece que “En línea con las resoluciones números 721, 726, 727 y 728 de 2020 del ENACOM, en la que se resuelve destinar recursos del fondo Fiduciario del Servicio Universal (Ley 27.078) para la ejecución de programas que buscan garantizar el acceso a internet, principalmente de la población de menores recursos, este proyecto hace las veces de puente con esas propuestas y genera una solución temporal de manera inmediata en virtud de la emergencia impuesta como consecuencia del COVID-19 y que exige abordar el tema de manera urgente”.

En relación al contexto social y a los beneficiarios del proyecto, la Senadora por Tucumán manifiesta que “Es sabido que son principalmente las madres quienes ayudan en las tareas a sus hijos en edad escolar, y quienes mayormente comparten los dispositivos móviles (principalmente teléfonos celulares) para posibilitar que esos niños/as y adolescentes accedan a diversos contenidos a través de la conexión a internet (educativos, recreativos, culturales, sociales, etc.)”

En virtud de ello, “las/os beneficiarias/os de este proyecto serán los más de cuatro millones de niñas/os y adolescentes cuyos/as progenitores/as perciban la Asignación Universal por Hijo (AUH). Según datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social a febrero de 2020, el total de titulares de la AUH era de 2.421.464 personas, de las cuales 2.280.725 (94,2 %) son mujeres y 140.739 (5,8 %) son varones”.

Cabe señalar también que la propuesta “se alinea con una política de desarrollo de la economía del conocimiento con inclusión y tiene al acceso a Internet como facilitador del disfrute de derechos y condiciones de progreso y desarrollo. En ese sentido, uno de los factores determinantes es el de la conectividad, entendido como la capacidad de las personas de conectarse a Internet”.

En síntesis, el proyecto concluye Mirkin, “pretende ser una contribución para modificar la realidad antes descrita respecto de los excluidos digitales y la desigualdad de oportunidades generada por la falta de acceso a internet entre los niños/as y adolescentes de menores recursos en nuestro país”.

En tal sentido, resulta interesante el aporte que realizó Ariel Martínez, al señalar que el 60% de las 56 millones de líneas activas en nuestro país son prepago, un 10% es solo postpago y el 30% restante es mixto. Con lo cual un desafío es pensar desde su mirada cómo cargar esos gigas que plantea la propuesta y de esa manera llegar a la mayor cantidad posible del universo de personas que lo necesita, ya que uno de los abordajes debe ser en relación a trabas en cuestiones técnicas, a la asignación de los 5Gb en tarjetas, y cómo posibilitar la carga de datos. 

Un dato no menor, de la clase sincrónica de cierre de cursada, el docente Nicolás Karavaski mencionó que 3600 millones de personas no están conectadas a Internet según un informe de la UIT del 2020.

En este contexto claramente existe una necesidad evidente del acceso a Internet, sobre todo en los sectores más vulnerables. Tener internet es permitir estar incluidos. También es loable resaltar que, el beneficio iría en la cabeza de las madres, que son aproximadamente 2 millones 400 mujeres.

Respecto a la cantidad de gigas que propone el proyecto, 5 gigas pueden resultar poco, en relación al consumo de datos que tienen las aplicaciones y sitios web, pero es muy interesante analizar la propuesta en clave de las implicancias que pueden generar a nivel social, al menos contar en principio con un piso de acceso.

En una realidad de convivencia con el Covid, donde desde mediados de marzo de 2020 nos tuvimos que acostumbrar y amoldar a la virtualidad, existe una necesidad imperiosa de tener acceso a Internet, porque todo se hace por Internet. Ni hablar de la necesidad de educar y capacitar en materia de uso de TIC, en virtud de achicar el analfabetismo digital, pero ese es otro análisis.

Por ello, el acceso a internet en esta virtualidad implica saber a qué hospital tienen que ir ante una eventualidad, cuál es el de mayor cercanía, en el caso de les niñes con padres separadxs permite facilitar la comunicación así como también que les niñes y adolescentes pueden saber o averiguar por sí mismos, las madres puede llamar o comunicarse, realizar trámites en zonas vulnerables o en barrios con problemas estructurales, por ejemplo frente a una inundación, acceder a una app,  mandar un mail o puede averiguar o entrar a una página como así también solicitar turnos.

Asimismo, y a escasos días de comenzar la actividad escolar, el acceso a internet es necesario para el contacto con el colegio. Y en otro orden de cosas, ni hablar de la posibilidad de poder denunciar abusos o violencia, que como sabemos los datos en cuarentena fueron y son alarmantes.

Si bien la propuesta de la Senadora plantea el uso de los datos no solo desde lo educativo sino también lo lúdico, creo que es fundamental entender que, en este contexto, el acceso a internet es una necesidad en sí misma, y que es fundamental el ejercicio de ese derecho. 

Frente a tanta vulnerabilidad, los beneficiarios pueden acceder a saber si cobraron su ingreso sin tener que movilizarse hasta tanto cuenten con esa información, o en dónde se pueden vacunar. En un mundo virtual en donde todo es virtual, para los sectores más desprotegidos, tener internet para poder acceder a realizar trámites significa que hay una política de Estado que busca que no queden por fuera del sistema, de lo contrario se sigue avalando un modelo donde se los excluye.

Hoy por hoy casi no existe aspecto que Internet no haya penetrado y revolucionado. No tener acceso implica estar en condiciones de desigualdad, en el caso de que no implique directamente una ausencia de derechos total, como el caso de libertad de expresión, el acceso a la educación o a la salud.

El problema de no tener acceso, es que se amplía la brecha digital, haciendo cada vez más evidente aquellos sectores que tienen acceso y utilizan las tecnologías como parte de su rutina diaria y los sectores que no lo tienen, haciendo más creciente la desigualdad en la sociedad.

Desigualdad y exclusión social adoptan nuevas formas en la sociedad de la información. Entender que esta desigualdad se ha agudizado en el marco del COVID-19, dado que como se mencionó la virtualidad ocupó la mayor parte de nuestra realidad, sirve para trabajar en pos de una superación de la brecha digital, a través de inclusión digital que es un factor de inclusión social y que va más allá de la mera alfabetización digital, en los términos no solo en la adquisición de competencias digitales e informacionales, educativas y de conocimientos, sino que comporta un impacto social real, medido en la mejora de las condiciones de vida de las personas y colectivos más vulnerables.

Resulta muy útil como lo dijo la docente Andrea Mallimaci en la clase de cierre de cursada, pensar el objeto, en este caso el análisis de proyecto, en términos de servicio público y en términos de acceso, entendiendo a la tecnología como emancipatoria, “como vehículo para construcción de identidades y derechos”.

Si percibimos a Internet como catalizador en contexto volátil, es importante ver que la aplicación de la tecnología se vincule con la política pública y que no tenga que ver sólo con la rentabilidad.

De ese modo, en la clase de Políticas Públicas de la docente Marta Maule, un gran aporte es pensar a la política pública como un proceso dentro del ciclo de acción pública, donde hay fases como la formulación, la implementación y evaluación y que los instrumentos necesarios son las normas, la gestión y los recursos.

Siguiendo esta línea, es sumamente necesario tener valores ideológicos y un modelo de Estado donde esté claro el cómo y para qué hacemos lo que hacemos, a través de un plan, que contenga un programa con uno o varios proyectos. Esto es comprender que los análisis de las políticas públicas no son lineales y que es menester contextualizar y entenderlas como objeto y como proceso orientado a fines, con etapas que se superponen y retroalimentan.

Entonces como desafío a la hora de pensar proyectos de ley, siempre es necesario comprender el proceso histórico para ver las necesidades concretas de la gente.

Asimismo, y como se afirmó anteriormente en el desarrollo del trabajo, como oportunidad, el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) expusieron la necesidad de conectividad, y en tal sentido redefinir las acciones públicas en materia de servicios TIC. Urge la planificación estratégica de un plan para la matriz política en donde se elaboren programas con líneas de acción y proyectos de implementación específica.

Es necesario entonces pensar y contar con una suerte de caja de herramientas para el análisis y posterior ejecución de un proyecto, en donde se tengan en cuenta principalmente la claridad conceptual para identificar acciones concretas, el objeto y metas. Para ello, es preciso conocer fehacientemente los insumos con los que se cuenta dentro del ciclo o proceso y siempre tener presente la evolución y contexto de la industria para comprender el rol del estado y las líneas de acción pública en virtud de satisfacer necesidades de conectividad, pensando a la conectividad en términos de acceso a infraestructuras y garantizando el acceso inclusivo.

Así las cosas, a lo largo de la cursada se expuso que la regulación en el sector TIC no es neutra y que requiere de sólidas bases en derecho y conocimiento del proceso histórico. Por ello, como lo planteó el docente Martín Mancuello en su clase sobre Usuarios Tic y ordenamiento normativo, hay que tener dos directrices al momento de legislar: debe prevalecer siempre la norma que sea más favorable al usuario y la carga probatoria se encuentra sobre la parte que está en una mejor posición técnica para hacerlo.

Retomando el expediente analizado, si bien el mismo no continúa siendo tratado en Comisión, es interesante analizarlo y tomarlo como disparador de ideas que se puedan implementar a través del Poder Ejecutivo, evaluando las posibilidades de su aplicación.

En este marco, resulta significativo recobrar lo visto durante la cursada y preguntarnos cómo lo hace la docente Marta Maule en la clase 4 sobre Convergencia Regulatoria, ¿Qué regulamos cuando regulamos? Dado que interfieren servicios interjuridiccionaes que requieren de infraestructura compleja e interconectada para funcionar. Además de la complejidad de los servicios.

Es importante también considerar las 5 cuestiones fundamentales del DNU 690/20 en el marco de la pandemia, como la definición de servicio público en competencia, los precios sobre las reglas y excepciones, la prestación básica universal obligatoria, la telefonía móvil como servicio público y regulación de precios y la suspensión de aumento o modificación de precios.

Vinculado a estos puntos, es interesante la parte novedosa sobre la prestación básica universal, que no estaba en la Ley 27078 previo a ser modificada por el DNU 267/15, y que tiene que ver con la sustitución del artículo 48 “en condiciones de igualdad”. En tal sentido, ENACOM reglamentó en diciembre del 2020 una prestación básica universal obligatoria, que, de alguna manera, si bien no es gratuita, como plantea el expediente de la Senadora Mirkin, va en línea a garantizar que los sectores más vulnerables puedan tener acceso a internet con tarifas más accesibles.

En este orden de cosas, el DNU 690/20 tuvo como objetivo garantizar el derecho humano de acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) por cualquiera de sus plataformas, lo cual requirió de la fijación de reglas por parte del Estado para asegurar un uso equitativo, justo y a precios razonables con el fin de beneficiar el interés público, ofreciendo al usuario y usuaria mayor variedad de servicios a precios más bajos. 

La reglamentación de dicho DNU, estableció a través del ENACOM la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) para la telefonía móvil y fija, Internet y la TV por suscripción.

Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia son regulados por ENACOM. En tal sentido, la prestación básica para telefonía móvil se estableció en 150 pesos, y que coexiste con dos opciones para paquete de datos, una por 200 pesos por mes y la otra por 18 pesos por día. Para el caso de la telefonía fija, el precio final se estipuló en 380 pesos.

Respecto al servicio de Internet se definió contar con tres prestaciones alternativas, de acuerdo con los clientes totales que posea cada empresa:

Prestadores con más de 50 mil clientes totales. AMBA: 10 Mbps a 700 pesos. Resto del país: 5 Mbps a 700 pesos.

Prestadores que posean entre 2 mil y 50 mil clientes totales. 5 Mbps por 700 pesos (o las personas beneficiarias podrán optar por acceder al Plan de Menor Velocidad ofrecido por la compañía con un descuento del 30% del valor).

Prestadores con menos de 2 mil clientes totales. 2 Mbps por 600 pesos.

Aquí es donde hay una relación con lo que plantea la iniciativa de la Senadora Mirkin, dado que la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) está dirigida a beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar; beneficiarios y beneficiarias de Pensiones No Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos e hijas; clubes de barrio y de pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098; asociaciones de bomberos voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que estén registrados en los términos de dicha ley, y entidades de bien público definidas por la Ley 27.218, entre otros y otras.

Otro eje fundamental del DNU 690/20, fue la suspensión en el marco de la emergencia sanitaria del COVID-19, de cualquier incremento o modificación de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, siendo el último aplicado en marzo del 2021.  Esto incluyó a los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades, a los de Internet y a los servicios de televisión satelital por suscripción.

En tal sentido, desde el 1 de enero de 2021, se aplicó un aumento del 5% en los precios para todos los servicios TIC por Resolución 1466/20 del Enacom, del 21 de diciembre de 2020.

Para el Ente Nacional de Comunicaciones, “la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) estableció que la comunicación es un derecho humano básico, y el acceso a las TIC, un servicio esencial para la construcción de ciudadanía”[2].

Con esta reglamentación, se garantiza un acceso equilibrado, asequible y de calidad a las TIC, con especial énfasis en las zonas más vulnerables y postergadas.

Cabe destacar que DNU 690/20, respecto a la telefonía móvil, la incorporación del artículo 54, declarando explícitamente como servicio público, en los términos tradicionales para nuestra industria, a la telefonía móvil, sumándose de esta manera a nuestra regulación de telefonía básica, fue sin dudas un hito histórico y una lucha que hacía años demandaban las organizaciones de derechos de usuarios y consumidores.

V. Conclusiones

Legislar en clave de igualdad significa sentar las bases para la construcción de una sociedad democrática, justa.

Es necesario entender que, a la hora de legislar en cuestiones vinculadas a las telecomunicaciones, es sustancial tener presente que es un sector que continuamente está en constante cambio y que como bien sabemos tiende a la convergencia.

Por ello, es importante que las personas que intervengan en la redacción de los proyectos y en su ejecución tengan una noción bastante pormenorizada de la regulación en la materia- que como vimos a lo largo de la cursada- es vasta, diversa y amplia, pasando por leyes, decretos y resoluciones, y sobre el contexto y proceso histórico.

Se planteó en las clases que “la regulación refleja no sólo la postura del accionar público respecto a un tema de interés general, también los intereses privados, el lobby y la matriz productiva de un Estado que cuenta a las TIC entre sus factores de progreso económico y social (o no)”.

El desafío, será no buscar soluciones a problemas actuales o futuros con herramientas del pasado. En tal sentido, como oportunidad, este contexto de pandemia dejó a las claras las desigualdades existentes en materia de conectividad, sobre todo en los sectores más vulnerables. Por ello, desarrollar un pensamiento crítico e innovador, que, con la experiencia del pasado, de alguna manera pueda incidir en la creación de una regulación que contemple no solo el presente sino el futuro, es un punto de partida.

Para concluir, lo que plantea el proyecto de la Senadora Mirkin fue una medida circunstancial, dispuesta en el marco de la emergencia sanitaria. Necesaria, si, sin dudas. Pero que, al analizar el universo de forma más amplia, dejaen evidencia y muestra a las claras que el problema es estructural y de fondo. Y que este tipo de iniciativas pueden ser abordadas en un plan integrador, como el que presentó el Gobierno Nacional a través de la implementación de la PBU.

Es trascendente el rol del Estado como planificador que orienta esfuerzos y acciones en el desarrollo competitivo del sector, la generación de incentivos para la inversión y el despliegue de infraestructura necesarios para el acceso de calidad a los servicios TIC, retomando la relevancia social que tienen las mismas, para el desarrollo sostenible del país y los sectores productivos.

Los legisladores y las legisladoras de nuestro país a la hora de presentar proyectos de ley, y específicamente en materia de TIC, deben enfrentarse a preguntas fundamentales. Más allá de cuestiones vinculadas a la prevención del crimen, y las violaciones a la ciberseguridad, entre otros temas de relevancia actual, deben priorizar una búsqueda de protección a la niñez, garantizando el acceso, pero también preguntándose ¿Qué tipo de Internet quieren que tenga nuestro país? ¿Cómo puede el Gobierno proteger los derechos humanos y a la vez responder a preocupaciones legítimas sobre políticas de inclusión?[3] 

De esta manera, los y las diputades y senadores y senadoras así como también los y las miembros de la sociedad que influyen sobre las políticas públicas deben prestar especial atención a las herramientas internacionales y regionales de derechos humanos como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte Interamericana y otras instituciones regionales e internacionales de derechos humanos pueden ser fuentes importantes en estos procesos.

“En Ginebra 2003, en la primera fase de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, se declaró el deseo y compromiso común de construir una sociedad de la Información centrada en la persona, integradora y orientada al desarrollo, en que todos puedan crear, consultar, utilizar y compartir la información y el conocimiento, para que las personas, las comunidades y los pueblos puedan emplear plenamente sus posibilidades en la promoción de su desarrollo sostenible y en la mejora de su calidad de vida, sobre la base de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, respetando plenamente y defendiendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Como plantean Schifer y Porto, es en esta dirección, que debemos recordar que la comunicación es un proceso social sustantivo, una necesidad humana básica, y el fundamento de toda organización social; constituyéndose en el eje central de la Sociedad de la Información. Todas las personas, en cualquier lugar, deben tener la oportunidad de participar, y nadie debe quedar excluido de los beneficios que ofrece la Sociedad de la Información[4]

Referencias bibliográficas

  • Califano, B. (2017). En nombre de la convergencia: cambios en la política de regulación de las TIC en Argentina.
  • Maule, M (2019), El Servicio Universal en la Ley Argentina Digital: Análisis de programas, c 2014-2018. Tesis de Maestría, UdeSA.
  • Schifer C y Porto R. 2010. Libertad de Expresión y derecho a la información en las constituciones de América. 1° ed. Buenos Aires. Educa.
  • Porto, R (2017), Derecho social a la convergencia: la construcción de la sociedad de la información. 1ª ed. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Albremática.

Referencias y material complementario

  • Ander – Egg E, Idáñez Aguilar M (2000), Cómo elaborar un proyecto. Guía para diseñar proyectos sociales y culturales. 15.° edición. Lumen/ hvmanitas.
  • Bertoni, E. Compilador. 2012. Hacia una Internet libre de censura. Propuestas para América Latina. 1era edición. Buenos Aires. U.P.
  • Bourdieu Pierre, Chamboredon Jean-Claude y Jean-Claude Passeron. (2002). El oficio del sociólogo. Presupuestos epistemológicos. Siglo Veintiuno Editores Argentina S.A. 
  • Flick, U. (2007). Introducción a la investigación cualitativa. Madrid. Morata.
  • S-1566/20- Mirkin: proyecto de ley sobre inclusión y accesibilidad tecnológica mediante internet para beneficiarios de la AUH, disponible en https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1566.20/S/PL.
  • Ab.  Mancuello, M. Clase 4. Usuarios TIC – Ordenamiento Normativo. Eje Política, Economía y Derecho. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.
  • Mg. Casanova, P. Clase 9. Plan y Modelos de Negocio en Internet. Eje Gestión. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.
  • Mg. Maule, M. Clase 4. Convergencia Regulatoria. Eje Política, Economía y derecho. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.
  • Mg. Maule, M. Clase 6. Políticas Públicas TIC. Eje Sociedad. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.
  • Mg.  Mallimaci María Andrea y Mg. Pellegrino María Inés. Clase 11. Cultura Digital. Eje Sociedad. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.
  • Clase final sincrónica. ¿Cuáles son los principales desafíos que se plantean a los distintos profesionales que trabajan en el ámbito de las TIC? 26/11/2020. Curso de posgrado: Oportunidades y Desafíos para Profesionales TIC, 2020, UNDAV.

*Este ensayo fue presentado como Trabajo Final Integrador en el curso de posgrado Oportunidades y Desafíos para profesionales TIC, dictado en el marco de la Maestría en Gestión de Servicios TIC, 2020.

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Georgina Vitetti

Licenciada en Comunicación Social con orientación en Planificación Comunicacional egresada de la Universidad Nacional de La Plata. Especialista en Comunicación y Ambiente y miembro del equipo de profesionales del Módulo de Políticas TIC en el Observatorio de Políticas Públicas de UNDAV.

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